41
Ibid., p. 112.
42
Revista literaria sobre Tres ensayos.
43
La fe, op. cit., p. 112.
44
¡Adentro!, Obras completas, III, p. 420.
45
Ibid., p. 426.
46
Carta, Epistolario, p. 91.
47
Los Lunes de El Imparcial, 11-XII-1893.
48
Clarín se refiere aquí a la parte de La fe en la que Unamuno quiere mostrar que la Iglesia católica se construyó sobre un error: «Se ha querido casar las dos cosas más incompatibles: el Evangelio y el Derecho romano [...], el espíritu y el dogma. [...] A la sombra del mortífero Derecho canónico brotó la decadente teología [...] sometida luego a las cinchas leguleyescas del espíritu romano, espíritu de soldados y de pretores, de disciplina y de código, que se formó en el adversus hostem aeterna auctoritas y en el ita ius esto. Y acabó por ser la auctoritas el único ius ejercido adversus hostes, contra los fieles todos, convertidos en hostes, en enemigos»
(Obras completas, op. cit., pp. 105-106).
Sobre lo que Unamuno pensaba del Derecho romano, véase, además, el artículo «El derecho romano», La lucha de clases, 30-I-1897. Publicado en Obras completas, Madrid, Escelicer, 1971, t. IX, pp. 703-704.