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Los talentos industriales son la propiedad más incontestable, pues los recibimos inmediatamente de la naturaleza o de nuestra propia diligencia; y establecen un derecho superior al de los propietarios de tierras, el cual, si retrocedemos hasta su origen, vendrá a parar en una expoliación, porque no se puede suponer que una tierra haya sido transmitida siempre de un modo legítimo desde el primer ocupante hasta el que la posee en la actualidad; y un derecho superior al del capitalista, porque aun suponiendo, que el capital no sea fruto de ninguna expoliación, sino de una acumulación hecha con lentitud en el transcurso de muchas generaciones, se necesita del mismo modo que para las tierras, el concurso de la legislación a fin de autorizar su herencia, y para este concurso hubieron de intervenir ciertas condiciones. Pero, por más sagrada que sea la propiedad de los talentos industriales, o sea de las facultades naturales, y adquiridas, no sólo es desconocida en la esclavitud, la cual viola así la propiedad más indisputable, sino en otros muchos casos que son todavía más frecuentes.

Viola el gobierno la propiedad que tiene todo hombre de su persona y facultades, cuando se apodera de cierta industria, como de la de los corredores de cambios, y vende a personas privilegiadas el derecho exclusivo de ejercer estas funciones. Viola aun mucho más la propiedad, cuando con pretexto de la seguridad pública, o solamente de la del gobierno mismo autoriza a un gendarme, a un comisario de policía, a un juez para que prenda o detenga; de modo que nadie tiene una certeza completa de poder disponer de sus facultades, de emplear el tiempo como quiera, ni de terminar un negocio empezado. ¿Sería más violada la seguridad pública por un salteador de caminos contra quien hay tantos medios de represión, y que es siempre reprimido con mucha prontitud? (N. del A.)



 

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A no ser por las guerras marítimas, las cuales se emprenden por una vanidad pueril o por intereses mal entendidos, quizá suministraría el comercio a precios muy cómodos las mejores maderas de construcción y quizá también el de hacer reglamentos para los bosques particulares es una consecuencia de otro abuso más cruel y menos excusable. (N. del A.)



 

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Podemos ser despojados por el fraude del mismo modo que por la fuerza, por una sentencia inicua, por una venta ilusoria, por terrores religiosos, igualmente que por la capacidad de los soldados, o por la audacia de los salteadores. (N. del A.)



 

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Aun cuando fuese para enterrar la suma, el objeto ulterior es siempre el de comprar algo con ella. Si no compra el que la escondió, lo hace su heredero, u la persona en cuyas manos viene a caer aquella suma por cualquier evento; porque la moneda, en cuanto moneda, no puede servir para ningún otro uso. (N. del A.)



 

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Efectos al portados, cédulas de banco, créditos abiertos, y compensaciones de créditos, como en Amsterdan y en Londres. (N. del A.)



 

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Por su consumo entiendo todo el que hacen, de cualquier naturaleza que sea: así el que es improductivo, y satisface sus necesidades y las de su familia, como el que es reproductivo, y sirve para sostener su industria. Un fabricante de paños o de telas de algodón consumen a un mismo tiempo lana y algodón para su uso y para el de sus fábricas; pero cualquiera que sea el objeto de su consumo, ya sea que consuman para reproducir o para gozar, procuran comprar lo que consumen con lo que producen. (N. del A.)



 

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Las ganancias se componen, en todas las profesiones, desde el más rico negociante hasta el más infeliz peón de albañil, de la parte que se logra en los valores producidos. Las proporciones con que se hace esta distribución forman la materia del libro segundo de esta obra. (N. del A.)



 

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El lector puede aplicar fácilmente estas observaciones generales a los países y a las épocas de que tenga conocimiento. Nosotros hemos visto en Francia un ejemplo terrible de esto en los años de 1811, 1812 y 1813, época en que iba a la par el precio exorbitante de los géneros coloniales, del trigo y de otros varios productos, con la desestimación de otros muchos que no tenían ninguna salida ventajosa. (N. del A.)



 

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Estas consideraciones, que son fundamentales para todo tratado u memoria sobre materias de comercio, y para cualquiera operación del gobierno relativa a los mismos objetos, se han mirado hasta ahora con la mayor indiferencia. Parece que se ha encontrado la verdad por efecto de un simple acaso, y que sólo se ha seguido el verdadero camino (cuando se ha logrado esta felicidad) por un sentimiento confuso de lo que era conveniente, sin estar convencido, y sin tener medios para convencer a los demás.

El señor de Sismondi, que parece no haber entendido bien los principios establecidos en este capítulo, y en los tres primeros del libro II de esta obra cita, como una prueba de que se puede producir demasiado, la inmensa cantidad de productos manufacturados con que inunda la Inglaterra los mercados extranjeros (Nuevos principios, &c. lib. IV, cap. 4). Pero esta superabundancia sólo prueba la insuficiencia de la producción en los lugares donde superabundan las mercancías inglesas. Si el Brasil produjese bastante para comprar los productos ingleses que allí se transportan, no llegarían a acumularse sin hallar salida, como ahora sucede. Si la Inglaterra admitiese en su territorio los productos de los Estados Unidos, vendería mejor los suyos en aquel país. Imponiendo el gobierno inglés unos derechos enormes de entrada y consumo, hace que los ingleses no puedan verificar ciertas importaciones; y así es que los mercaderes de aquella nación se ven obligados a fijar en los países extranjeros un precio considerable a las únicas mercancías que pueden importar en Inglaterra, como el azúcar, el café, el oro y la plata; porque realmente es fijar un precio muy subido a los metales preciosos el vender las mercancías a precios ínfimos, de donde nacen los retornos en que se experimentan pérdidas.

El sentido de este capítulo no es que no se pueda producir demasiado en una mercancía con proporción a las demás, sino que nada hay más favorable al despacho de una mercancía que la producción de otra; y que si el comercio produce en el Brasil demasiadas mercancías inglesas, quedaría absorbido este exceso, siempre que el Brasil llegase a producir otras que pudieran servir de retornos. Mas para esto seria necesario que la legislación de los dos países permitiera que, el uno produjese, y el otro importase: y lo que sucede es que en el Brasil se tropieza a cada caso con privilegios, no estando además la propiedad libre de las usurpaciones del gobierno, y en Inglaterra son las aduanas un fuerte obstáculo para las ventas que pudiera hacer esta nación a los países extranjeros, porque se oponen a la elección de los retornos Yo sé de una colección de historia natural, muy preciosa por su valor, y utilísima para los progresos de la ciencia, que no pudo ser importada del Brasil en Inglaterra, por razón de la enormidad de los derechos. (N. del A.)



 

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El capitalista que gasta el interés que saca de sus capitales, gasta la parte de los productos a que concurrieron aquellos. En el libro II se muestran las leyes, según las cuales participa de los productos. Cuando disipa el fondo de los capitales mismos, siempre son productos los que gasta, supuesto que sus capitales mismos no son más que productos reservados ciertamente para un consumo reproductivo, pero muy capaces de ser gastados improductivamente, como lo son todas las veces que se disipan. (N. del A.)



 
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