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Los autores agradecen los comentarios y sugerencias de Javier Gardeazábal y Ángel Laborda, así como los de un evaluador anónimo, a una primera versión de este trabajo. La colaboración de Francisco Goerlich en el tratamiento de la voluminosa información estadística ha sido particularmente valiosa. El trabajo ha sido financiado en parte por la CICYT, Proyecto SEC92-0980-C02-01. (N. del E.)
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Para una revisión de las diferentes definiciones puede acudirse a los trabajos de Baldwin (1970) y Walter (1972), así como a la metodología desarrollada por la UNCTAD en la serie de documentos publicados sobre el tema, entre los que destacan por la relevancia de su contenido: UNCTAD (1988 y 1990). (N. del A.)
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El trabajo de Gual, Torrens y Vives no requiere la identificación y cuantificación previa de las BNA. Utilizando un modelo de equilibrio parcial y mediante la calibración de los correspondientes parámetros, se obtienen unos «equivalentes de aranceles de los que arbitrariamente, según los autores, un 10 % se atribuye a los costes de comercio. La reducción de BNA se consigue, en las simulaciones efectuadas en el trabajo, a través de una reducción de dichos costes comerciales, distribuida por países, en función del nivel inicial de las BNA. Es este nivel inicial el que, en ausencia de una medición directa, se estima a partir de las diferencias en las cuotas de mercado entre productos nacionales e importados. (N. del A.)
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Por razones de comparabilidad de los resultados, el IIC es equivalente al utilizado por Land y Yeats (1990b). (N. del A.)
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En este sentido, dicho patrón ha intentado buscarse en dos direcciones. Por un lado, identificando un país cuya protección no arancelaria fuera inexistente o de intensidad despreciable. Como es obvio, con excepciones sectoriales, todos los países desarrollados utilizan en mayor o menor grado BNA, lo cual imposibilita su elección, con carácter global, como territorios de diferencia. La otra opción ha sido la de considerar como base de ponderación la estructura comercial del conjunto de países de la OCDE. Aquí, la dificultad es evidente también, dada la fuerte similitud existente entre las estructuras no arancelarias de todos los países, y consiguientemente entre cada uno de ellos y la resultante de su agregación. (N. del A.)
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Aunque ya estaban disponibles las importaciones correspondientes a 1990, la intención de llevar a cabo las comparaciones pertinentes con otros países (1986) aconsejaba no ampliar el desfase temporal de ambas mediciones. Por otro lado, los cambios potenciales que puedan producirse en la estructura comercial en el lapso de un año son, evidentemente, despreciables en el marco de cálculo de los índices de Incidencia comercial (IIC). (N. del A.)
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Su extensión, y fácil disponibilidad, nos lleva a no incluir aquí (aun como Apéndice) la clasificación TARIC, la cual puede encontrarse con diferentes niveles de desagregación, en las publicaciones de la Dirección general de Aduanas (DGA) y por capítulos (99) en García y Suárez (1991). (N. del A.)
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Para ello se ha utilizado la publicación Aranceles de Aduanas, de Editorial Castro, en la que junto al régimen arancelario se compilan, asimismo, el régimen comercial y las disposiciones complementarias que afectan a las importaciones españolas, al nivel de desagregación requerido. El propio sistema de actualización continua seguido por dicha recopilación legislativa, hace prácticamente imposible identificar una determinada estructura de protección para fechas diferentes a la del momento mismo en que se consulta la publicación, debido a las constantes modificaciones de la legislación comercial de un país. (N. del A.)
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Véase, en este sentido, los aspectos metodológicos, y en concreto la discusión de los países considerados y las fuentes estadísticas utilizadas en esta base, recogidos en UNCTAD (1990). (N. del A.)
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Esta reducción se ha hecho extensiva a las importaciones procedentes de los países de la EFTA (fundamentalmente Suecia) en virtud del acuerdo firmado entre ésta y la Comunidad. (N. del A.)