201
Variante textual. GC: las de las.
202
El ahechador decía ante un proyecto de cerrar las tabernas en domingo: «Digan Vms. al colector que se compadezca del pueblo, que se duela de verle siempre en el afán y la opresión y que le deje olvidar alguna vez su triste suerte, y la horrible distancia que hay entre sufrir la miseria y aumentarla»
. Este polémico párrafo, tachado en el manuscrito de la Real Academia de la Historia.
203
Variante textual. En BAE falta: a.
204
No alude a la ley, sino al entramado político y social, en el sentido que le daba Montesquieu. La identificación de ley y constitución no tuvo lugar hasta principios del siglo XIX.
205
Todo este párrafo tachado en el manuscrito de la Real Academia de la Historia.
206
Biblioteca Nacional, manuscrito 7193: Nota de Floranes: «Ut nec libertati pereat honesta licencia nec desit moribus disciplina. He aquí el medio de moderación que se busca: el mismo que dictaba el rey Theodorico a Agapito, prefecto de la ciudad en las cartas de Casiodoro (32, libro J. Variar) cuando le pasaba la instrucción sobre el modo de haberse en la presidencia de los juegos circenses, que por oficio le competían, digna también de verse en lo demás»
. La redacción de Cádiz, 1812, es más contundente: Sé muy bien que la licencia suele andar muy cerca de la libertad, y que es necesario un freno que detenga a los que quieran traspasar sus límites. Pero he aquí el punto más delicado de la prudencia civil. He aquí donde pecan ordinariamente tantos jueces indiscretos que confunden la vigilancia con la opresión.
207
Variante textual. Manuscrito Real Academia de la Historia, ITB, Cádiz, 1812 y BAE: de su libertad y su gusto. Es en vano: el pueblo no se divertirá mientras no esté en plena libertad de divertirse; pues entre rondas y patrullas, entre corchetes y soldados, entre varas y ballonetas, la libertad se amedrenta, y la tímida e inocente alegría huye y desaparece. GC: falta y su gusto. Es en vano: el público no se divertirá mientras no esté en plena libertad.
208
DRAE: «Ministro inferior de justicia encargado de prender a los delincuentes».
209
Variante textual. ITB y Cádiz, 1812: añade y tiranía.
210
[Nota de Jovellanos] «Cuando escribimos esta memoria no conocíamos el país vascongado ni sus bailes dominicales; pero un viaje hecho por él en 1791, y repetido en 1797, nos proporcionó el gusto de observarlos y nos confirmó más y más en lo que habíamos escrito acerca de las diversiones populares. Es ciertamente de admirar cuán bien se concilian en estos sencillos pasatiempos el orden y la decencia con la libertad, el contento, la alegría y la gresca que los anima. Allí es de ver un pueblo entero, sin distinción de sexos ni edades, correr y saltar alegremente en pos del tamboril asidos todos de las manos, y tan enteramente abandonados al esparcimiento y al placer que fuera muy insensible quien los observase sin participar de su inocente alegría. Tanto basta para recomendar estas fiestas públicas a los ojos de todo hombre sensible; pero el filósofo verá además en ellas el origen de aquel candor, franqueza y genial alegría que caracterizan al pueblo que las disfruta, y aun también de la unión, de la fraternidad y del ardiente patriotismo que reinan entre sus individuos. ¡Cuán fácil no fuera, con sólo extender tan sencillas instituciones, lograr los mismos inestimables bienes en otras provincias!»
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Precisamente, en el viaje de 1791, ya en Valladolid, anota el 5 de septiembre: «Lectura del papel de espectáculos»
(Obras completas, tomo II, p. 232.)