201
Carta de 20 de mayo de 1596.
202
Íd. de 6 de julio de 1596. Fuera de estas cantidades, Ordóñez había siete mil pesos de los bienes de Pedro González de Montalbán, portugués, que fue preso con secuestro de bienes, y que estando muy enfermo, testó a favor de la Inquisición, por lo cual se le sacó de la prisión. Íd., íd.
203
Carta de 6 de abril de 1596.
204
Respecto de los tres primeros, el Consejo ordenó en 14 de marzo de 1602, que se les conmutasen los hábitos penitenciales por penas espirituales. En abril de 1604 fueron enviados a España a fin de que se presentasen en la Inquisición de Sevilla.
205
Seguimos la designación de lugares y apellidos que aparecen en los documentos, de los cuales algunos están tan desfigurados que no es fácil atinar con la verdadera.
206
Debemos prevenir que en España no fue aprobado el procedimiento de la Inquisición del Perú en lo que respecta a estos reos, pues se mandó fuesen absueltos ad cautelam y que la abjuración que habían hecho no los constituyese en relapsos, en caso de reincidencia, debiendo alzárseles la reclusión y quitárseles el hábito y restituírseles sus bienes. Hawkins o Aquines, como decían los españoles de esa época, fue también acusado, según se supondrá, habiéndose terminado su Proceso el 17 de julio de 1595, después de convertido al catolicismo. Por ese entonces, hallándose muy enfermo, fue trasladado a una celda del colegio de los jesuitas, de donde se extrajo para ponerlo a disposición del Virrey, que desde un principio había manifestado interés por él. -Carta de Ordóñez de 4 de noviembre de 1595.
El Virrey Velasco quiso después enviar a España a los penitenciados, pero los inquisidores se opusieron por cuanto aun no habían acabado de cumplir sus penitencias, disponiendo entonces que también se quedase Aquines «porque podría allá hacer daño dando avisos de la navegación de esta mar». Carta de 10 de abril de 1597. Archivo de Indias.
207
En el Consejo se advirtió que «había dubda si este hombre tenía sano el entendimiento para podelle dar la pena que le dieron», a fin de en adelante se mirasen con mucha atención, los casos semejantes.
208
Libro 756, folio. 381.
209
Carta de 20 de abril de 1599. El Consejo aceptó, en efecto, la indicación del inquisidor, recibiendo éste facultad de imponer hasta la de galeras: pero, según se verá más tarde, estuvo muy distante de aplicarse. Véase con particularidad el caso del jesuita Rafael Vanegas, del Colegio de la Compañía de Santiago de Chile.
210
Querella de don Diego Fanegas, etc.