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El general San Miguel fue, en efecto, quien tomó sobre si detener la entrada de la division de Narvaez en Zaragoza, mirandola como una tea, que iba á incendiar aquella poblacion. Es muy de créer que, atendido el caracter duro de esta, hubiera sobrevenido algun destrozo; pero probablemente el escarmiento hubiera sido saludable. Sabido el hecho por el ministerio, Isturiz fue de opinion de que á todo trance se mandase que entrara la tropa; pero su voto se quedó solo en el consejo, como que era el unico capaz de suplir la falta de fuerca con el arrojo. Los demas no tenian de ella ni la realidad in la ilusion.

 

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Si algo pudiese hacer mas ignominiosa esta jornada, lo seria sin duda el saber, que quien mandaba la plaza de Fuenterrabia por D. Carlos era un zapatero de Irun, llamado Oriamendi, con ciento y cincuenta soldados, que no tenian pan mas que para el dia siguiente.

 

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Causa no menos verguenza que admiracion ver las sumas que ha costado, y cuesta cada articulo de la tal legion inglesa; pero con solo saber el sueldo, que disfruta su llamado general, se podrá formar una idea aproximada. Este simple comandante inglés se alquiló al servicio de España, mediante la condicion de ser ascendido de un golpe á teniente general, y percibir trecientos y cuarenta mil reales de sueldo, catorce raciones de paja y cebada diarias, y nueve de cada uno de los demas articulos; mientras los Españoles.... Pero mas vale dejarlo.

 

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El brigadier Tena.

 

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El que quiera profundizar bien esta cuestion del estado del gabinete francés en aquel tiempo, debe léer las discusiones que tuvieron lugar en la camara de diputados de Francia sobre la respuesta al discurso de la corona, en los dias desde el 14 al 29 de enero de 1837.

 

106

Vease el Eco del Comercio de los dias 14 y 15 de agosto de 1836.

 

107

Este articulo de la Verdad fue inserto en el Español del 30 de agosto de 1836.

 

108

Sin embargo, esta prohibicion ha sido renovada por decreto de 20 de enero de 1837, y es muy singular que en el tiempo en que mas se gritaba contra el gobierno francés, porque toleraba que se llevasen viveres á los carlistas, se estaba permitiendo en San Sebastian á un empresario, que estrajese para ellos muchos centenares de quintales de bacalao. De suerte, que mientras se vijilaba escrupulosamente en las puertas de aquella ciudad, para que ningun particular sacase una pescada siquiera, que pudiese ir á parar á los facciosos, salian carros enteros cargados de esta mercancia, con su papeleta corriente del empresario. Asi son los juicios de los hombres.

 

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Podriamos citar millares de casos, que demostrarian esta arbitrariedad y esta saña; pero nos limitaremos á recordar la cüota impuesta al señor Martinez de la Rosa. Nadie ignora en España, y mucho menos la junta repartidora, que este caballero solo disfruta un patrimonio decente, que lejos de haber querido aumentar el actual poseedor, le ha disminuido notablemente con su costosa educacion literaria, sus viajes, sus destierros, y mas aun con las injustas persecuciones, que ha sufrido. Lanzado desde muy joven, por inclinacion y por un noble deseo de popularidad, en la carrera politica, ha ocupado por dos veces el primer destino de la monarquia, sin percibir de el otra cosa, que el trabajo, los sinsabores, los peligros y el rarisimo honor de servir á su patria sin sueldo. Pero ninguno de estos titulos alcanzaba á lavar en el espiritu de la tal junta el crimen imperdonable de haber sido uno de los autores del estatuto, y asi le impusieron la cüota de sesenta mil reales en esta forzosa contribucion. Cualquiera que sea la linea, que separe nuestros principios politicos de los de este hombre de estado, y por mas que algunos momentos de error le hayan hecho ser injusto con el que escribe estas lineas, nunca se entibiará nuestro respeto á sus virtudes privadas y á su nunca desmentido patriotismo.

 

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La siguiente protesta de los pares de Portugal, será un testimonio eterno, de que la nobleza de aquel pequeño reino no ha olvidado todavia las obligaciones que la ligan, para no mirar con indiferencia el buen ó mal gobierno de su patria y las exigencias de su propio decoro. Dice asi: «Señora, los infrascriptos pares del reino de Portugal no han podido menos de ver con tanta sorpresa, como sentimiento, el decreto firmado, por V. M. el dia 10 del corriente, por el cual V. M. reconoce como ley publica del reino la constitucion politica proclamada en el mes de setiembre de 1822.

La carta constitucional de esta monarquia, concedida por un soberano portugués, el augusto Padre de V. M., aceptada por las diferentes clases del estado, solemnemente jurada por ellos y por V. M., dos veces defendida por el ejercito portugues, con una constancia y valor dignos de admiracion, contra los ataques de tropas superiores en numero, pero inferiores en animo: esta carta, decimos, no puede ser revocada ni anulada, en un momento de vertigo, por una fraccion del mencionado ejercito, sobre todo cuando se considera que, segun las disposiciones mismas de la constitucion nuevamente proclamada y las de todas las naciones cultas, el ejercito debe ser esencialmente obediente, y no puede jamas reunirse para deliberar ni adoptar resoluciones.

Señora, en virtud de la carta constitucional, una porcion de la representacion nacional pertenece á los pares del reino; igualmente les pertenece velar sobre el mantenimiento de la constitucion; y sin la aprobacion de su camara, no se puede hacer la menor mudanza en ninguno de los articulos de la ley fondamental.

Incontestablemente, son estas prerogativas demasiado grandes, y demasiado importantes estos deberes, para que el honor de los pares, la santidad de su juramento y los largos padecimientos que han sufrido, permitan que se menosprecien.

En estos motivos se fundan los pares de Portugal para dirijir á V. M., como á gefe supremo de la nacion la presente protesta contra el decreto ilegal, refrendado por uno de vuestros ministros. Esperan que V. M. hará de ella el uso conveniente para que la nacion portuguesa, y las estrangeras, se persuadan que los pares del reino no sostienen ni aprueban las revoluciones, y que el honor y el juramento no son palabras vanas para ellos.

Los infrascriptos pares del reino solicitan el honor de besar las manos de V. M.

Lisboa, 18 de setiembre 1836». Siguen las firmas.

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