Reglamento Provisorio para la Dirección y Administración del Estado de 1817
(Dictado por el Congreso de Tucumán para las Provincias Unidas de Sudamérica el 3 de diciembre de 1817)
Sección I. Del hombre en sociedad
Capítulo I. De los derechos que competen a todos los habitantes del Estado
Capítulo II. De la religión del Estado
Capítulo III. De la ciudadanía
Capítulo IV. Prerrogativas del Ciudadano
Capítulo V. De los modos de perderse y suspenderse la ciudadanía
Capítulo VI. Deberes de todo hombre en el Estado
Capítulo VII. Deberes del cuerpo social
Sección II. Del Poder Legislativo
Capítulo I
Sección III. Del Poder Ejecutivo
Capítulo I. De la elección y facultades del Director del Estado
Capítulo II. Límites del Poder Ejecutivo
Capítulo III. De los Secretarios de Estado
Sección IV. Del Poder Judicial
Capítulo II. De los Tribunales de Justicia
Capítulo III. De la Administración de Justicia
Capítulo IV. De los Gobernadores de Provincia
Sección V. De las elecciones de oficios y empleos públicos y forma de las provisiones
Capítulo I. Elecciones de Gobernadores Intendentes, Tenientes Gobernadores y Subdelegados de Partido
Capítulo II. Elecciones de cabildos
Capítulo III. Forma de la provisión de empleos
Capítulo IV. De las elecciones de Diputados de las Provincias para el Congreso general y forma de ellas. Asambleas primarias
Capítulo V. De las Asambleas electorales
Sección VI. Del ejército y armada
Capítulo I. De la marina y tropas veteranas
Capítulo II. De las milicias nacionales
Capítulo III. De las milicias cívicas
Sección VII. Seguridad individual y libertad de imprenta
Capítulo I. De la seguridad individual
Capítulo II. De la libertad de imprenta
Capítulo final. Providencias generales
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